16 oct 2018

Las tiendas on line también están obligadas a recoger y reciclar gratis tus electrodomésticos

“La gran mayoría de las personas no sabe que si compras un televisor por Amazon están obligados a recogerte el viejo”. Esta frase se oyó durante la celebración del II Congreso Nacional de Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) celebrada hace unos días en Valencia. Allí se constató que la recuperación de electrodomésticos a través de la venta a distancia es uno de los obstáculos que impiden cumplir satisfactoriamente con el reciclado de RAEE. No es cuestión baladí, el 20% de estos aparatos se venden ya on line, y subiendo. Sin embargo, el compromiso de los “supermercados digitales” con la recogida deja mucho que desear. Solo lo cumple, y no del todo, una tercera parte.

La ley (real decreto sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos) obliga a que, sea cual sea el establecimiento en el que adquiramos un electrodoméstico, tiene la obligación de recoger el antiguo que desechamos. Es más, los establecimientos de más de 400 metros cuadrados también están obligados a recoger pequeños aparatos eléctricos y electrónicos (AEE) que no sobrepasen los 25 centímetros, aunque no compres ninguno similar al que mandas a reciclar o reutilizar.

Lo de “menos de 25 centímetros” no reduce las posibilidades a móviles, tabletas u ordenadores portátiles pequeños. La gama es amplísima: altavoces de ordenadores, enchufes, regletas, radios, despertadores, máquinas de afeitar y de depilar, pequeños amplificadores o reproductores de música, cepillos eléctricos, ambientadores, purificadores e insecticidas enchufables… Por lo tanto, no hay excusa ni del consumidor para alegar que está muy lejos el punto limpio para deshacerse del RAEE ni del distribuidor para decir que no lo acepta. La ley nos ampara.

La ley también nos ampara a la hora de devolver para reciclar o reutilizar cualquier aparato tras comprar uno nuevo a través de la venta on line. Durante el congreso de Valencia, en el que hubo oportunidad de escuchar a decenas de personas expertas en la materia, en especial relacionadas con los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor, se incidió en los obstáculos que deben salvarse para cumplir con unas tasas de reciclaje de RAEE que ahora no se cumplen: Entre ellas surgió el escaso compromiso de las empresas vinculadas a los supermercados digitales, denominados con el término inglés marketplace.

De entrada se afirmó que, como ciudadanos, desconocemos que al igual que una tienda física, un supermercado digital está obligado a recoger el AEE antiguo que cambiamos por el nuevo. José Prat, secretario general de la Federación Española de Fabricantes de Electrodomésticos, afirmó que en un estudio realizado por su asociación, “sobre 89 portales que hacen este tipo de venta, solo 31 (el 35%) cumplían con la recogida a domicilio; pero el porcentaje debería ser menor, porque así como todos afirmaban abiertamente que recogen la línea blanca (frigoríficos, lavadoras o lavavajillas), no todos hacían lo propio con otra electrónica de consumo, en especial los pequeños aparatos”.

“Si es voluminoso, algunos te dicen que te lo recogen si lo depositas previamente en el portal, y si quieres que te lo bajen te cobran 35 €, pero eso no es lo que dice la ley”, aseguró Prat, quien añadió que “esto supone para una empresa reducir su coste entre el 7% y 8% por saltarse esta recogida y posterior depósito en un centro de tratamiento”. Rosa Llácer, responsable de comunicación de RAEE Andalucía, también dijo: “Cuidado con los establecimientos de más 400 metros cuadrados donde no compramos pero llevamos un pequeño AEE, que algunos te piden dinero por dejarlo y eso tampoco lo contempla la ley”.

Casi ningún supermercado digital deja claro de partida que se comprometen, como obliga la ley, a recoger tu viejo AEE. Amazon, eBay, El Corte Inglés o FNAC sí hacen mención a ello (en Rakuten, AliExpress y Pixmania es imposible dar con esta información), aunque a veces de forma ambigua y no como información directa al comprarlo, sobre todo cuando el aparato no es propio. Amazon advierte que “si has comprado un AEE a un vendedor externo a través de nuestro servicio Amazon Marketplace, deberás contactar con ese vendedor directamente para obtener información sobre las disposiciones adoptadas por este último, en lo relativo a la recuperación y reciclaje de los aparatos eléctricos y electrónicos”. José Prat contesta: “La gran mayoría de las empresas asociadas al marketplace de Amazon no cumple con la recogida”.

En cualquier caso, nunca aparece todo esto como información directa, hay que ir a las pestañas de ayuda o de preguntas frecuentes para encontrar lo que debes hacer si quieres devolver tu aparato antiguo. En algunos casos te recomiendan que si está usado, pero no estropeado, lo integres en un circuito de segunda mano. En El Asombrario hemos comentado ya que la mejor opción es repararlo y resistirte al cambio para luchar contra la obsolescencia programada. Si definitivamente decides devolverlo, te ofrecen contactar por correo electrónico para recogerlo o hacerlo de forma gratuita a través de Correos si no es voluminoso. Y que quede claro: siempre sin ningún coste.

El tratamiento adecuado de RAEE que se pierde debido a esta deficiencia por parte de los supermercados digitales es considerable, ya que, según estadísticas de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) presentadas en el congreso, las ventas on line de aparatos nuevos suponen ya el 20% del mercado, con picos del 34% para móviles y otros dispositivos relacionados con las tecnologías de la información y la comunicación. Conviene recordar que, como también se expuso en la cita celebrada en Valencia, este comercio crece a un ritmo del 3% anual.

Y por si queda alguna duda sobre lo que dice la ley, terminamos con la literalidad de la misma: “En cuanto a la recogida separada de RAEE por los distribuidores, éstos deberán garantizar en el momento del suministro del nuevo producto la recogida de un RAEE equivalente al aparato que se compra, tal y como ya obligaba la Directiva 2002/96/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de enero, y el anterior real decreto”.

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