29 jun 2018

Unidos Podemos propone acabar con la temporalidad mediante la eliminación de los contratos de obra y servicio

El alto porcentaje de temporalidad – España alcanza un 26,8%, la más alta de la Unión Europea cuya media se sitúa en un 14%– el fraude en la contratación en la jornada parcial y la elevada rotación en el puesto de trabajo, son algunas de las cuestiones que contribuyen a precarizar el mercado laboral y sobre las que Unidos Podemos ha puesto el foco para crear la proposición de Ley por la Estabilidad en el Empleo.
Los grupos parlamentarios En Marea, Izquierda Unida, En Comú Podem, Equo y Podemos, junto con catedráticos y profesores expertos en derecho del trabajo, han redactado el texto cuya columna vertebral se sustenta sobre tres puntos fundamentales: la eliminación de gran parte de la contratación temporal, la regulación de los contratos a tiempo parcial y la redefinición del contrato fijo discontinuo.
Según los últimos datos de la EPA, de los 4.123.300 asalariados con contratos temporales el más habitual es el de obra y servicios, representando un 40,5% del total de los contratos temporales. Este tipo de contrato quedaría eliminado en el texto que propone la coalición, manteniéndose, por un lado, los contratos temporales por razones productivas –el antiguo contrato eventual– solo apto para atender el incremento de la actividad de la empresa que no puede ser cubierto por la plantilla habitual. Y por otro lado, se mantendrían los contratos temporales por razones organizativas, ligados íntegramente a la sustitución de personal y que no podrán exceder los seis meses.
Otra de las novedades que incluyen en la propuesta es la eliminación de las horas complementarias en los contratos parciales y su sustitución por horas extra retribuidas. Además, se prohíbe la distribución irregular de la jornada laboral y se establece la creación de un registro diario que indique la hora de entrada y salida de la plantilla, a disposición de los trabajadores y de la Inspección de Trabajo, que podrán controlar tanto sus contratos como el cumplimiento de los horarios.
De esta manera, se facilita la comprobación del cumplimiento de la ley y en caso de fraude, la sanción económica derivada del "uso irregular de la contratación temporal" se vería incrementada de manera sustancial. Además, "el despido por fraude de ley en la contratación será declarado nulo y los trabajadores tendrán que ser obligatoriamente admitidos con los salarios de tramitación abonados", constata Joaquín Pérez, doctor en derecho y profesor titular de Derecho del Trabajo en Toledo.
La propuesta también aborda la redefinición del contrato fijo-discontinuo, mediante el cual la empresa estará obligada a hacer un censo de las personas que se rigen bajo este tipo de contrato. "Este mecanismo corrector, junto con la limitación de la contratación temporal contribuye a recuperar la calidad del trabajo ya que nos encontramos ante contratos devaluados, feminizados y de poca calidad asociado a sectores poco cualificados con escasas oportunidades de promoción", sostiene Amparo Merino, profesora titular de Derecho del Trabajo en la UCLM.

Cláusula anti-concatenación de contratos temporales

Esta cláusula matiza el límite que se establece en el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, mediante el cual, los empleados que en un período de 30 meses hubieran estado trabajando (durante un plazo superior a 24 meses en el mismo puesto de trabajo en la misma empresa) encadenando dos o más contratos temporales, adquieren la condición de fijos. 
"Una práctica habitual de las empresas es concatenar a trabajadores distintos sobre el mismo puesto de trabajo", destaca Joaquín Pérez. Explica que se mantendrá el límite del artículo 15 del Estatuto pero que además, se aplicará contra la "concatenación subjetiva y objetiva", es decir, cuando un mismo puesto de trabajo está ocupado más de 24 meses por trabajadores distintos, la empresa estará obligada a hacer indefinido al trabajador que supere ese plazo. 
Pérez subraya que desde el punto de vista legislativo "no va a ser necesario recurrir a los mecanismos de concatenación porque las empresas tendrán que hacer fijos a los trabajadores" al eliminar los contratos por obra y servicios y al limitar la temporalidad únicamente a las razones organizativas y productivas.

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