20 ene 2020

El agente de movilidad que retiraba multas a los infractores a cambio de dinero podrá eludir la cárcel

Un agente de movilidad de Las Palmas de Gran Canaria consumidor de cocaína y condenado a dos años y tres meses de prisión por un cohecho continuado cometido al cobrar 50 euros a infractores de tráfico a cambio de no multarles, evitará la cárcel si se somete a un tratamiento de deshabituación.

Esta ha sido la sentencia firme de conformidad acordada este lunes en el juicio ante Jurado celebrado en la Sección Sexta de la Audiencia de Las Palmas, en el que el acusado, Claudio Iván D.S., ha mostrado su conformidad con las conclusiones de las acusaciones.

El fallo judicial considera probado que el procesado abusó de su autoridad para obtener un beneficio patrimonial ilícito, durante, al menos, entre el 20 y el 23 de febrero de 2017, al exigir a varios infractores de tráfico que le pagaran 50 euros a cambio de no multarles.

El condenado logró en parte su objetivo de enriquecerse ilícitamente, ya que algunos conductores aceptaron el trato que les propuso para no ser sancionados, si bien después le denunciaron a la Policía.

Según la sentencia, cuando sucedieron los hechos el acusado consumía cocaína y presentaba un trastorno por consumo leve-moderado, que, aunque no anulaba sus capacidades cognitivas y volitivas, sí las alteraban levemente.

La Audiencia de Las Palmas ha aplicado al procesado las atenuantes de drogadicción y de reparación del daño, ya que ha consignado 100 euros para entregarlos a los perjudicados.

La sentencia de conformidad dictada contra el procesado le inhabilita durante cinco años para ejercer el derecho de sufragio pasivo y cualquier empleo o cargo público relacionado con la seguridad vial, además de imponerle una multa de 186 euros en concepto de responsabilidad personal subsidiaria.

La Sección Sexta de la Audiencia de Las Palmas ha acordado suspender durante cuatro años la ejecución de la pena privativa de libertad a cambio de que el condenado certifique que se está sometiendo a un tratamiento de rehabilitación de su drogadicción, que lo acredite en un plazo máximo de dos meses, que lo culmine y que no vuelva a delinquir en ese periodo.

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