La sección segunda de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado las dos subvenciones que la Generalitat otorgó a los sindicatos CC OO y UGT en 2010, con el Tripartito en el Gobierno, en concepto “de participación institucional de los agentes sociales” y que suman 3,2 millones de euros.
El fallo subraya que las ayudas se otorgaron a dedo (“excluida de concurrencia pública”) y es fruto de la impugnación por parte de otro sindicato, la Intersindical Alternativa de Cataluña (IAC), que recurrió las subvenciones al considerar “inmoral” que se otorgaran coincidiendo con el comienzo de los recortes en la Administración y los servicios públicos.
Aunque el fallo de la sentencia no lo especifica, obliga a los sindicatos a devolver el dinero (1,57 millones de euros UGT y 1,65 millones CC OO), confirman fuentes del TSJC. Pero la Generalitat ha recurrido con un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. CC OO y UGT responden a la sentencia que se trata de ayudas que reciben por su representatividad y que ya se cobraban en años anteriores y se han cobrado posteriormente, en 2011 y 2012.
de IAC (CATAC, CAU, CATAC-CTS, FSEF, FTC, USTEC·STEs)
Ayudas “inmorales”
El portavoz del sindicato IAC, Lluís Blanco, admite que las ayudas de 2010 recurridas no eran una novedad de aquel año. Argumenta que decidieron poner un recurso entonces porque consideraron “inmorales esas subvenciones millonarias cuando comenzaron los recortes en derechos sociales como la sanidad o la educación y el mismo año que Zapatero (entonces presidente del Gobierno) recortó el sueldo un 5% a los funcionarios”. Blanco asegura que IAC está pendiente de la ejecución de la sentencia para recurrir las subvenciones de 2011 y 2012.
Fuentes del departamento jurídico del sindicato destacan que la sentencia, de 11 folios, alerta de que no se aplicó “la regla general de concurrencia competitiva” y que la Generalitat “habría vulnerado los artículos 14 y 28 de la Constitución”. El 14 habla del principio de igualdad y el segundo sobre la libertad sindical. Las mismas fuentes subrayan que la sentencia apunta a “claros indicios de irregularidad de la actividad subvencional”.
Por ejemplo, dice que el 4 de junio la directora de Servicios recogió que se habría informado favorablemente de la propuesta de subvención, cuando el informe del interventor no se emitió hasta el 14.
Los portavoces de CC OO y UGT remarcan que la sentencia ha sido recurrida por la Generalitat y que la decisión judicial se basa en cuestiones de forma y no de fondo. Nadie les ha pedido que devuelvan los importes, añaden. La portavoz de CC OO, Dolors Llobet, subraya que la subvención impugnada “viene derivada, no del número de delegados que tiene cada sindicato, sino del papel que reconoce el artículo 7 de la Constitución y de la ley de libertad sindical sobre la función social de los sindicatos y su representatividad”. De hecho, la sentencia reconoce que CC OO y UGT son los dos sindicatos más representativos.
Llobet se pregunta por qué IAC impugnó precisamente las subvenciones de 2010 y no las anteriores ni las posteriores, y subraya que son unas ayudas “que se han concedido por parte de Gobiernos de distinto color político”. El portavoz de UGT, Miquel Àngel Escobar, afirma que su sindicato “es espectador” y que “están tranquilos, porque la subvención impugnada tiene que ver con la representatividad”. “No nos sentimos interpelados, no se juzga el motivo de la subvención, sino cómo se ha otorgado; no dice que no tengamos derecho”, concluye.
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