La sentencia de la Audiencia recuerda que “el derecho al honor se encuentra limitado por las libertades de expresión e información”. Cuando hay una colisión entre derechos, se hace necesario ponderar cuál debe prevalecer, sin olvidar que el derecho a la libertad de información y expresión prevalece en abstracto sobre el derecho al honor porque es “esencial” para el pluralismo político de la democracia. En este caso, el derecho a la libertad de expresión ampara las afirmaciones contenidas en el video. “Estamos muy contentos, no tanto porque nos quiten la multa, sino porque es evidente que el sistema sanitario catalán tiene un problema y es muy grave que esto no se pueda denunciar”, ha afirmado Dante. Via ha declinado ofrecer su opinión sobre el fallo judicial.
La sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 37 de Barcelona condenaba a los editores de Cafeambllet por atentar contra el honor de Via al afirmar que este se ha enriquecido a costa de la sanidad pública, puesto que esta afirmación “no puede considerarse una opinión” amparada por el derecho a la libertad de expresión. Tampoco el derecho a la libertad de información justificaría el video, según la sentencia, porque las acusaciones no se verificaron debidamente. Sin embargo, los jueces creen ahora que la afirmación sobre el enriquecimiento de Via es una opinión, justificada en su larga carrera como gestor público y privado en la sanidad catalana, y no una información que deba cumplir “el requisito de veracidad”.
El vídeo no constituye “menosprecio personal, vejación injustificada o insulto”, pues el enriquecimiento personal al que se refiere puede referirse a los estudios para hospitales que hacía la empresa constituida por Via para realizar servicios de asesoramiento. Sobre el titular del vídeo, la Audiencia cree que no es más que un título destinado a llamar la atención.
Los editores han criticado la decisión de la jueza de primera instancia, que obligó a Dante y Sibina a destruir el vídeo y los enlaces al mismo desde todas las páginas, incluida la del diario estadounidense The Washington Post, que se hizo eco de la condena. “El vídeo tenía 700.000 visitas y las ha perdido. Pedimos a la jueza que no nos obligase a destruirlo mientras no hubiese una resolución firme, pero no nos hizo caso”, ha dicho Dante. Los editores consideran que han sufrido un perjuicio con esa decisión.
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