La legionaria C.O.T. ha denunciado la realización de “maniobras
ficticias, a las cuales no asiste la unidad, pero sí se cobran” en la
VIII Bandera del Tercio Don Juan de Austria 3º de la Legión. Asevera,
además, que esta práctica se lleva realizando “años”.
Continúa la denuncia relatando que “el dinero de las maniobras que le ingresan a la tropa tienen que sacarlo y devolverlo en mano a los auxiliares de las compañías”. Afirmación que, de ser cierta, involucraría a una gran cantidad de militares y difícilmente podría perpetrarse sin conocimiento de los superiores.
La legionaria relata también que aquellos militares de tropa que cobran por maniobras constan en “un listado” y que aquellos que no “han devuelto” el importe recibido por las maniobras que nunca se han producido son amenazados con represalias como “no coger permisos”. No solo eso, sino que tales amenazas son supuestamente proferidas de forma pública “en las formaciones”, momentos en los que los militares se encuentran formados en un espacio normalmente abierto.
Para completar la denuncia, la militar añade que “si alguien se queja se le trata de mal compañero, mal legionario o incluso lo cambian de compañía”.
Penas de hasta cuatro años de prisión
Tales corruptelas, de comprobarse la veracidad de lo denunciado, podrían constituir la comisión de varios delitos recogidos en la Ley Orgánica 14/2015, de 14 de octubre, del Código Penal Militar, entre ellos delitos contra el patrimonio militar, abuso de autoridad y deslealtad (equiparable en cierto sentido a falsedad documental).
En cuanto a la falsedad de documentación, esta podría quebrantar el artículo 55 del CPM que castiga al “militar que sobre asuntos del servicio diere a sabiendas información falsa o expidiere certificado en sentido distinto al que le constare será castigado con la pena de seis meses a cuatro años de prisión”.
Por lo que corresponde al daño causado a los contribuyentes, la infracción cometida infringiría el artículo 81 en cuanto al “militar que, simulando necesidades para el servicio o derechos económicos a favor del personal, solicitare la asignación de crédito presupuestario para atención supuesta, será castigado con la pena de prisión de tres meses y un día a dos años”.
Y por lo que respecta a las amenazas sufridas por los militares de tropa, el artículo vulnerado sería el artículo 45 que afirma que “el superior que, abusando de sus facultades de mando o de su posición en el servicio, irrogare un perjuicio grave a un subordinado, le obligare a prestaciones ajenas al interés del servicio o le impidiere arbitrariamente el ejercicio de algún derecho será castigado con la pena de tres meses y un día a tres años de prisión”.
Escasas posibilidades de prosperar en la justicia militar
Si analizamos los procedimientos militares en los que se han juzgado casos de corrupción, lo cierto es que la controvertida justicia militar tiende a reducir las imputaciones al máximo posible y a exonerar o condenar de forma muy liviana a los responsables de estas conductas corruptas.
Por ello, no sería razonable esperar una gran investigación al respecto ni tampoco un proceso judicial independiente e imparcial. Como ejemplo de lo mencionado estarían los casos de las mudanzas falsas del Ejército del Aire, la corrupción en el Hospital Militar Gómez Ulla o los dos tenientes coroneles que arreglaban concursos a cambio de ‘mordidas’. En ninguno de los casos mencionados se han producido expulsiones y en la mayoría ni tan siquiera condenas, a pesar de ser casos en los que el dinero estafado o distraído se contabilizó por millones de euros.
Orígenes del Tercio y la Bandera
El Tercio “Don Juan de Austria” 3º de la Legión, según el propio Ejército de Tierra, está integrado en la BRILEG “Rey Alfonso XIII” y se encuentra emplazado en la Base “Álvarez de Sotomayor” en Viator (Almería). El origen de este tercio se remonta a diciembre de 1939 cuando se crearon la VII, VIII Y IX banderas que constituirían el actual Tercio “Don Juan de Austria”, adoptando los nombres de “Valenzuela”, “Colón” y “Franco”.
La VIII Bandera “Colón”, a la que pertenece la denunciante, fue organizada en 1.926 en Marruecos con tres compañías de fusiles y una de ametralladoras. Ese mismo año tomó con éxito y fortificó ‘Loma Redonda’, en cuyo operativo militar fue herido por cuarta vez Millán Astray, al que la página del Ejército de Tierra denomina como “nuestro fundador”. La VIII Bandera porta una corbata conmemorativa de su participación en la Guerra Civil junto a los militares sublevados.
Continúa la denuncia relatando que “el dinero de las maniobras que le ingresan a la tropa tienen que sacarlo y devolverlo en mano a los auxiliares de las compañías”. Afirmación que, de ser cierta, involucraría a una gran cantidad de militares y difícilmente podría perpetrarse sin conocimiento de los superiores.
La legionaria relata también que aquellos militares de tropa que cobran por maniobras constan en “un listado” y que aquellos que no “han devuelto” el importe recibido por las maniobras que nunca se han producido son amenazados con represalias como “no coger permisos”. No solo eso, sino que tales amenazas son supuestamente proferidas de forma pública “en las formaciones”, momentos en los que los militares se encuentran formados en un espacio normalmente abierto.
Para completar la denuncia, la militar añade que “si alguien se queja se le trata de mal compañero, mal legionario o incluso lo cambian de compañía”.
Tales corruptelas, de comprobarse la veracidad de lo denunciado, podrían constituir la comisión de varios delitos recogidos en la Ley Orgánica 14/2015, de 14 de octubre, del Código Penal Militar, entre ellos delitos contra el patrimonio militar, abuso de autoridad y deslealtad (equiparable en cierto sentido a falsedad documental).
En cuanto a la falsedad de documentación, esta podría quebrantar el artículo 55 del CPM que castiga al “militar que sobre asuntos del servicio diere a sabiendas información falsa o expidiere certificado en sentido distinto al que le constare será castigado con la pena de seis meses a cuatro años de prisión”.
Por lo que corresponde al daño causado a los contribuyentes, la infracción cometida infringiría el artículo 81 en cuanto al “militar que, simulando necesidades para el servicio o derechos económicos a favor del personal, solicitare la asignación de crédito presupuestario para atención supuesta, será castigado con la pena de prisión de tres meses y un día a dos años”.
Y por lo que respecta a las amenazas sufridas por los militares de tropa, el artículo vulnerado sería el artículo 45 que afirma que “el superior que, abusando de sus facultades de mando o de su posición en el servicio, irrogare un perjuicio grave a un subordinado, le obligare a prestaciones ajenas al interés del servicio o le impidiere arbitrariamente el ejercicio de algún derecho será castigado con la pena de tres meses y un día a tres años de prisión”.
Escasas posibilidades de prosperar en la justicia militar
Si analizamos los procedimientos militares en los que se han juzgado casos de corrupción, lo cierto es que la controvertida justicia militar tiende a reducir las imputaciones al máximo posible y a exonerar o condenar de forma muy liviana a los responsables de estas conductas corruptas.
Por ello, no sería razonable esperar una gran investigación al respecto ni tampoco un proceso judicial independiente e imparcial. Como ejemplo de lo mencionado estarían los casos de las mudanzas falsas del Ejército del Aire, la corrupción en el Hospital Militar Gómez Ulla o los dos tenientes coroneles que arreglaban concursos a cambio de ‘mordidas’. En ninguno de los casos mencionados se han producido expulsiones y en la mayoría ni tan siquiera condenas, a pesar de ser casos en los que el dinero estafado o distraído se contabilizó por millones de euros.
Orígenes del Tercio y la Bandera
El Tercio “Don Juan de Austria” 3º de la Legión, según el propio Ejército de Tierra, está integrado en la BRILEG “Rey Alfonso XIII” y se encuentra emplazado en la Base “Álvarez de Sotomayor” en Viator (Almería). El origen de este tercio se remonta a diciembre de 1939 cuando se crearon la VII, VIII Y IX banderas que constituirían el actual Tercio “Don Juan de Austria”, adoptando los nombres de “Valenzuela”, “Colón” y “Franco”.
La VIII Bandera “Colón”, a la que pertenece la denunciante, fue organizada en 1.926 en Marruecos con tres compañías de fusiles y una de ametralladoras. Ese mismo año tomó con éxito y fortificó ‘Loma Redonda’, en cuyo operativo militar fue herido por cuarta vez Millán Astray, al que la página del Ejército de Tierra denomina como “nuestro fundador”. La VIII Bandera porta una corbata conmemorativa de su participación en la Guerra Civil junto a los militares sublevados.
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