Miles de interinos en España miran a la justicia europea con atención. El Tribunal de Justicia de la UE se pronunciará previsiblemente después del verano sobre dos cuestiones prejudiciales planteadas desde juzgados españoles en las que se pregunta si se puede convertir a empleados temporales fraudulentos del sector público en trabajadores fijos, directamente sin pasar por una oposición, con el objetivo de sancionar a la Administración por abusar de la contratación temporal.
Las preguntas de los juzgados españoles –el número 8 y el 14 de lo Contencioso Administrativo de Madrid– son motivadas a raíz de denuncias de varios trabajadores públicos temporales del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS), que denunciaron el abuso en su situación laboral a través del abogado Javier Araúz. Se trata de un informático interino desde hace 20 año, Domingo Sánchez Ruiz, y cuatro odontólogas de la sanidad madrileña con entre 12 y 17 años acumulando contratos temporales.
El especialista de Araúz de Robles Abogados espera que el pronunciamiento del Tribunal Europeo de la UE se incline por esta posibilidad: que permita convertir en fijos, como funcionarios de carrera equivalentes, a estos empleados sobre los que la Administración ha abusado durante años y años de contratos temporales. "Es una situación generalizada en toda España. Tenemos trabajadores con despido libre y gratuito, sin los mismos derechos ni protección que otros trabajadores en su misma situación", critica el abogado.
En opinión de Javier Araúz, la justicia europea puede emitir una sentencia histórica, con grandes efectos en el sector público, dado el elevado número de trabajadores temporales que mantiene la Administración española, un 26,8% del total, con muchos abusos en esta figura según los sindicatos.
Las cuestiones aún están en fase bastante inicial, ya que aún no se ha pronunciado al respecto el Abogado General de la UE, cuyo posicionamiento estaba previsto para esta semana, pero se ha aplazado hasta el próximo 5 de septiembre. Aunque sí se ha celebrado la vista oral del juicio en Luxemburgo, el pasado 15 de mayo. Tras conocer la postura del Abogado General, llegará la sentencia al respecto, que Araúz confía que esté para finales de septiembre y octubre.
Uno de cada cuatro empleados públicos temporales
El abuso de la temporalidad no es una cuestión exclusiva del sector privado. En España, hay más de 862.800 empleados públicos con contratos temporales, según la última EPA, sobre un total de 3,2 millones de empleados en el sector público. Uno de cada cuatro, por tanto, tiene un contrato temporal.
La tasa de temporalidad en el sector público está subiendo. Llegó al 26,8% en el primer trimestre del año, pese a que la Administración se comprometió con los sindicatos a bajar ese porcentaje al 8% al año que viene. Manteniendo este total de puestos en el sector público, reducir la temporalidad hasta ese 8% supondría que casi 800.000 deberían pasar a ser fijos.
Saber cuántos trabajadores temporales afrontan una situación temporal de "abuso" es complicado porque se puede producir por varias circunstancias. Afecta a trabajadores que afrontan durante más tiempo del establecido esta relación temporal, pero también a aquellos que ejercen funciones estructurales en sus puestos con contratos temporales o que se les contrata con una causa temporal que no es real.
Las dos preguntas prejudiciales se ciñen "al abuso en la relación temporal sucesiva". El periodo máximo permitido para alargar o concatenar contratos temporales varía según la administración pública de referencia, aunque los límites de dos y tres años son habituales. Según la última EPA, 103.600 trabajadores temporales del sector público afirman que sus contratos duran más de dos años. 88.800 responden que más de tres años.
Dudas sobre el alcance de la sentencia
El profesor de Derecho del Trabajo Ignasi Beltrán, de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC), precisa que por el momento –más aún sin la postura del Abogado General– es difícil anticipar cuál será la conclusión del tribunal europeo, ya que ha mostrado diferentes posturas en los casos de interinos que ha analizado, "aunque no es que no haya sido coherente".
Beltrán explica por ejemplo que en algunos casos el TJUE concluye ante determinados preguntas que algo es posible dentro del Derecho de la Unión, pero deja en manos de los tribunales españoles que decidan si es la opción que deba aplicarse. En otros casos, sus pronunciamientos sí recogen conclusiones más cerradas, que obligan a España a adaptar su normativa interna.
Un ejemplo reciente del proceder del TJUE, aunque no se trata de un caso de interinos, es la sentencia de mayo en la que anticipaba que las pensiones de trabajadores a tiempo parcial podían ser discriminatorias para las mujeres de manera indirecta, pero dejaba a la justicia española la decisión. El Tribunal Constitucional recogía sus argumentos recientemente en una sentencia en la que ha anulado la forma de cálculo de estas pensiones de jubilación.
El profesor de Derecho del Trabajo argumenta que habrá esperar a la sentencia para analizar la conclusión del tribunal y su posible alcance dentro de los trabajadores con una temporalidad abusiva, ya que se pueden encontrar muchos casos diferentes dentro de la Administración.
Las preguntas de los juzgados españoles –el número 8 y el 14 de lo Contencioso Administrativo de Madrid– son motivadas a raíz de denuncias de varios trabajadores públicos temporales del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS), que denunciaron el abuso en su situación laboral a través del abogado Javier Araúz. Se trata de un informático interino desde hace 20 año, Domingo Sánchez Ruiz, y cuatro odontólogas de la sanidad madrileña con entre 12 y 17 años acumulando contratos temporales.
El especialista de Araúz de Robles Abogados espera que el pronunciamiento del Tribunal Europeo de la UE se incline por esta posibilidad: que permita convertir en fijos, como funcionarios de carrera equivalentes, a estos empleados sobre los que la Administración ha abusado durante años y años de contratos temporales. "Es una situación generalizada en toda España. Tenemos trabajadores con despido libre y gratuito, sin los mismos derechos ni protección que otros trabajadores en su misma situación", critica el abogado.
En opinión de Javier Araúz, la justicia europea puede emitir una sentencia histórica, con grandes efectos en el sector público, dado el elevado número de trabajadores temporales que mantiene la Administración española, un 26,8% del total, con muchos abusos en esta figura según los sindicatos.
Las cuestiones aún están en fase bastante inicial, ya que aún no se ha pronunciado al respecto el Abogado General de la UE, cuyo posicionamiento estaba previsto para esta semana, pero se ha aplazado hasta el próximo 5 de septiembre. Aunque sí se ha celebrado la vista oral del juicio en Luxemburgo, el pasado 15 de mayo. Tras conocer la postura del Abogado General, llegará la sentencia al respecto, que Araúz confía que esté para finales de septiembre y octubre.
Uno de cada cuatro empleados públicos temporales
El abuso de la temporalidad no es una cuestión exclusiva del sector privado. En España, hay más de 862.800 empleados públicos con contratos temporales, según la última EPA, sobre un total de 3,2 millones de empleados en el sector público. Uno de cada cuatro, por tanto, tiene un contrato temporal.
La tasa de temporalidad en el sector público está subiendo. Llegó al 26,8% en el primer trimestre del año, pese a que la Administración se comprometió con los sindicatos a bajar ese porcentaje al 8% al año que viene. Manteniendo este total de puestos en el sector público, reducir la temporalidad hasta ese 8% supondría que casi 800.000 deberían pasar a ser fijos.
Saber cuántos trabajadores temporales afrontan una situación temporal de "abuso" es complicado porque se puede producir por varias circunstancias. Afecta a trabajadores que afrontan durante más tiempo del establecido esta relación temporal, pero también a aquellos que ejercen funciones estructurales en sus puestos con contratos temporales o que se les contrata con una causa temporal que no es real.
Las dos preguntas prejudiciales se ciñen "al abuso en la relación temporal sucesiva". El periodo máximo permitido para alargar o concatenar contratos temporales varía según la administración pública de referencia, aunque los límites de dos y tres años son habituales. Según la última EPA, 103.600 trabajadores temporales del sector público afirman que sus contratos duran más de dos años. 88.800 responden que más de tres años.
Dudas sobre el alcance de la sentencia
El profesor de Derecho del Trabajo Ignasi Beltrán, de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC), precisa que por el momento –más aún sin la postura del Abogado General– es difícil anticipar cuál será la conclusión del tribunal europeo, ya que ha mostrado diferentes posturas en los casos de interinos que ha analizado, "aunque no es que no haya sido coherente".
Beltrán explica por ejemplo que en algunos casos el TJUE concluye ante determinados preguntas que algo es posible dentro del Derecho de la Unión, pero deja en manos de los tribunales españoles que decidan si es la opción que deba aplicarse. En otros casos, sus pronunciamientos sí recogen conclusiones más cerradas, que obligan a España a adaptar su normativa interna.
Un ejemplo reciente del proceder del TJUE, aunque no se trata de un caso de interinos, es la sentencia de mayo en la que anticipaba que las pensiones de trabajadores a tiempo parcial podían ser discriminatorias para las mujeres de manera indirecta, pero dejaba a la justicia española la decisión. El Tribunal Constitucional recogía sus argumentos recientemente en una sentencia en la que ha anulado la forma de cálculo de estas pensiones de jubilación.
El profesor de Derecho del Trabajo argumenta que habrá esperar a la sentencia para analizar la conclusión del tribunal y su posible alcance dentro de los trabajadores con una temporalidad abusiva, ya que se pueden encontrar muchos casos diferentes dentro de la Administración.
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